2 de abril de 2014

RICHARD GOLDSTONE, DEFENSOR DE BLAQUIER: DIME DÓNDE TE DOMICILIAS y TE DIRÉ QUIÉN ERES...

02.04.2014
el empresario azucarero está acusado por delitos de lesa humanidad 
Fiscal rechazó "amicus" de Blaquier porque intentaba "dilatar el juicio"
Javier De Luca sostuvo que la actuación del jurista sudafricano Richard Goldstone "se parece a la de un perito de parte" y no a la de alguien que representa "el interés general y colectivo". 
Por: Gerardo Aranguren
Tras haber rechazado la presentación del jurista sudafricano Richard Goldstone como amicus curiae a favor del procesado Carlos Blaquier, el fiscal general Javier De Luca lo consideró como una "maniobra para dilatar el juicio".

Goldstone fue aceptado el 20 de febrero como "amigo del tribunal" por la Sala IV de Casación, que debe tratar el pedido de la defensa de Blaquier para apartar al fiscal ad hoc de Jujuy Pablo Pelazzo. En consonancia con la estrategia del empresario, el jurista sudafricano cuestionó en su amicus la validez de la designación de Pelazzo y todo lo actuado por él.
Ayer, De Luca, fiscal ante la Cámara de Casación, se opuso a que Goldstone ingrese como "amigo del tribunal" ya que su intervención "parece la de un perito de parte" y no a la de alguien que representa "el interés general y colectivo".
"Estamos acostumbrados a este tipo de planteos que buscan el detalle que pueda llevar agua para su molino, en este caso intentan trabar el progreso de los juicios", explicó De Luca en diálogo con Tiempo Argentino y agregó: "Ante un resultado que se vislumbra como adverso prefieren un 'no' resultado."
La intervención de Goldstone en el expediente fue difundida días atrás por el diario La Nación, que lo presentó como un prestigioso jurista internacional. Se trata de un ex juez de la Corte Constitucional de Sudáfrica y Fiscal Jefe del Tribunal Penal de la Naciones Unidas para la ex Yugoslavia y Ruanda.
Al presentarse como amicus curiae fijó domicilio en Suipacha 1380 piso 10 de la Ciudad de Buenos Aires, mismo domicilio fijado en varios documentos público por el abogado Emilio Cárdenas, asiduo columnista de La Nación y designado embajador de Argentina ante la ONU en la presidencia de Carlos Menem. En la ONU coincidió con Goldstone e incluso copresidieron un grupo sobre Terrorismo Internacional.
Hay más coincidencias. Cárdenas escribió varias notas para el diario de los Saguier sobre el jurista sudafricano. Una fue sobre el informe realizado por Goldstone donde denunciaba violaciones a los Derechos Humanos cometidas por Israel durante la ofensiva Plomo Fundido sobre la Franja de Gaza, en 2008. Meses después, en otra nota, admitió "falsedades y equivocaciones" en el informe.
Fuente:TiempoArgentino
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Dime dónde te domicilias y te diré quién eres

¿Cómo es que de repente un reconocido jurista sudafricano aparece en Argentina preocupado por la posible condena del empresario azucarero Carlos Blaquier y su gerente, Alberto Lemos, por su participación en delitos de lesa humanidad? Los nombres y apellidos detrás del amicus de Richard Goldstone.

Desde finales del 2013 que Carlos Pedro Blaquier -dueño de Ledesma- y Alberto Lemos -gerente administrativo al momento de los hechos- se encuentran procesados por los secuestros de 29 personas, ocurridos entre marzo y julio de 1976. Los procesamientos fueron resueltos por el juez Fernando Poviña, titular del Juzgado Federal de Jujuy, y confirmados por la Cámara Federal de Salta. Se trata de dos expedientes separados, en la causa “Arédez” se investiga el secuestro de tres dirigentes sindicales, y en el caso “Burgos”, los 26 secuestros perpetrados en las llamadas “Noches del Apagón” cuando Ledesma quedó a oscuras y las Fuerzas Armadas se llevaron a varios empleados del ingenio y referentes sociales opuestos al régimen dictatorial.
A pedido de las defensas, Richard Goldstone, ex juez de la Corte Constitucional de Sudáfrica y ex Fiscal Jefe del Tribunal Penal Internacional de las Naciones Unidas para la ex Yugoslavia y Ruanda, se presentó en las causas bajo la figura del amicus curiae –amigo del tribunal-. El escrito tiene como fin, básicamente, pedir la nulidad de todo lo actuado por el Ministerio Público Fiscal, por la que hace rato pugnan los imputados -ahora procesados- y que fue denegada tanto en primera como segunda instancia de los tribunales norteños. En octubre del año pasado obtuvieron el apartamiento del fiscal ad hoc, Pablo Pelazzo, cuya labor fue decisiva en el avance las investigaciones. Sin embargo eso no basta, para evitar su juzgamiento, Blaquier y Lemos necesitan que las actuaciones del fiscal también sean desechadas.
La intervención de Richard Goldstone se explica a partir de un dato muy sencillo: Suipacha 1380 piso 10, el domicilio legal establecido en su amicus.
Allí, sin cartel ni insignia -una extrañeza en el ámbito jurídico- funciona el estudio del abogado Emilio Cárdenas.
Emilio Cárdenas es un abogado cuya trayectoria dice mucho más que cualquier autobiografía no autorizada. Vicente Muleiro lo menciona varias veces en su libro 1976- El golpe civil, aunque hay una nota del periodista Martín Granovsky -“De sillón en sillón”-, publicada el 20 de enero de 2002 en Página/12, que da un perfil más acabado de abogado en cuestión.
“Polista, tenista, jinete, boxeador, este abogado que se acerca a los 60 se convirtió en uno de los signos modernos del establishment (…) Lo suyo es el cambio y la adaptación, como un experto en el diseño de negocios del poder económico siempre desde el costado que más rinda en cada momento y, siempre también, con un énfasis que cualquier grandilocuente llamaría “fundacional””, dice la nota.
“Un ejemplo fueron las privatizaciones. La asunción de Menem encontró a Cárdenas asociado al abogado administrativista Juan Carlos Cassagne. Cárdenas asesoró a Roberto Dromi, el ministro de Obras Públicas que ejecutó junto con Rodolfo Barra y María Julia Alsogaray el pase a manos privadas de las empresas de servicios públicos gracias a la conversión de títulos de la deuda en activos físicos. Y asesoró a las privatizadas, donde Cassagne quedó como directivo”, señala.
Fue gracias a Menem que Cárdenas obtuvo la representación argentina en las Naciones Unidas. “A su experiencia como lobbyista, como abogado de grandes grupos económicos y financieros, como arquitecto de meganegocios, podría sumar un cargo de prestigio y acumular nuevos contactos, ya más políticos, que luego sin duda potenciarían su capital de relaciones”, observó el periodista [ver nota completa]. 
Y, sin duda, no se equivocó. Debió haber sido en Naciones Unidas donde Cárdenas estableció vínculo con Goldstone. El ex juez sudafricano integró numerosos comités, tribunales y programas de la ONU, por lo menos, desde 1994. Además es internacionalmente reconocido por haber integrado la Corte Constitucional de Nelson Mandela, pieza clave en el desmantelamiento del apartheid, pero no precisamente un ejemplo mundial en la persecución de los crímenes cometidos bajo dicho régimen [ver nota de Daniel Feierstein sobre el tema].
Golsdtone, cuyo curriculum no revela ningún conocimiento sobre la Argentina, posiblemente no conozca tampoco los circuitos detrás de las tareas diplomáticas del abogado. El escrito de Goldstone simplemente repite y/o reformula la principal estrategia de los abogados de Blaquier y Lemos, la nulidad de todo lo actuado por el Ministerio Público Fiscal, sin consideración alguna de los hechos investigados o el sinfín de obstáculos que debió sortear el proceso para su sustanciación.
El amicus de Goldstone fue presentado ante el tribunal federal adjunto a un escrito de Jorge Valerga Aráoz -padre e hijo-, Horacio Aguilar y Diego D´Andrea Cornejo, abogados de los procesados, con su correspondiente traducción pública certificada por el Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires –todo presumiblemente tramitado por ellos-. La nota de los abogados además se toma el trabajo de contextualizar los ejes argumentativos del amicus curiae en el marco de las causas en los que ellos intervienen y destacar los puntos que estiman más relevantes a considerar por los jueces. Por si no se entendió el objetivo buscado.
La Acordada 7/2013 de la Corte Suprema que rige la institución del amicus dice “las personas físicas o jurídicas que no fueren parte en el pleito, pueden presentarse ante Ia Corte Suprema de Justicia de Ia Nación en calidad de Amigo del Tribunal”, y adicionalmente se prevé la posibilidad de que el Tribunal invite a alguien a presentarse como amicus. Pero en ninguna parte prevé que sean las partes quienes traigan personas para que actúen como amicus, precisamente, porque se supone que son amigos del tribunal y no de una de las partes.
La presentación de Goldstone no respeta ninguno de los lineamientos básicos que regulan este tipo de figura. Fue presentada por la parte imputada, en una instancia del proceso para la cual no está contemplada, se funda en acordadas de la Corte Suprema ya derogadas y carece de toda mención a cuáles serían los intereses colectivos o generales que se pretendería defender por medio de esta intervención. En virtud de estos y otros argumentos, el fiscal de Casación Javier de Luca presentó ayer un recurso de reposición ante la Cámara de Casación pidiendo se revoque la decisión dio lugar a la opinión de Goldstone en el caso.

Posdata: Por nuestro lado, reiteramos  que el doctor Juan María Aberg Cobos, defensor entre otros del marino Alfredo Astiz, también tiene ese domicilio legal.
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El empresario está acusado de crímenes de lesa humanidad en Jujuy
Ledesma: pidieron a Casación que revoque la admisión de un amicus curiae a favor de Blaquier
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Javier De Luca presentó un recurso contra la admisión del jurista Richard Goldstone como "amigo del tribunal". Denunció graves defectos de la presentación y de la actuación del Tribunal. Afirmó que el escrito "parece de un perito de parte" de la defensa, que atacó la validez de la actuación del fiscal ad hoc Pablo Pelazzo.

El fiscal general ante la Cámara Federal de Casación Penal, Javier de Luca, requirió a la Sala IV de ese tribunal que revoque la decisión de tener por presentado como "amicus curiae" al jurista Richard Goldstone y haber agregado su presentación a la causa que tiene procesado por crímenes de lesa humanidad al presidente del Ingenio Ledesma, Carlos Pedro Blaquier, y al ex administrador de la firma, Alberto Lemos.
Goldstone fue aceptado como amigo del tribunal en un incidente donde la defensa de los imputados cuestiona la validez de la designación como fiscal ad hoc de Pablo Pelazzo, frente a la ratificación de su actuación por parte de la Cámara Federal de Salta.
El jurista, quien fue juez de la Corte Constitucional de Sudáfrica y Fiscal Jefe del Tribunal Penal de las Naciones Unidas para la ex Yugoslavia y Ruanda, opinó en su presentación que debe apartarse al fiscal Pelazzo y nulificarse todo lo actuado.
De Luca hizo su requerimiento a través de un recurso de reposición (es decir, un pedido de reconsideración) y lo fundó en que el tribunal resolvió sobre la presentación de Goldstone sin solicitarle primero dictamen a la Fiscalía y en que el escrito del jurista "carece de los requisitos mínimos formales para este tipo de presentaciones".
La Sala IV adoptó la resolución de aceptar a Goldstone el 20 de febrero pasado y recién notificó al fiscal el 27 de marzo, cuando el representante del Ministerio Público pidió la causa para compulsarla, frente a las versiones periodísticas que daban cuenta de la presentación y del pronunciamiento del tribunal.
"No puedo dejar de manifestar el disgusto que me produce como fiscal de la causa que me haya enterado por los diarios de una resolución tomada un mes antes respecto de una presentación de la defensa", señaló De Luca, y remarcó que el amicus curiae "versa sobre un asunto de orden público porque hace a la constitución de las partes", se concretó en el marco de "un caso de lesa humanidad que merece la máxima rapidez, atención y control" y "se cuestiona la intervención de la parte –el MPFiscal– que yo represento en esta instancia, así como la validez de una gran cantidad de actos procesales".
El fiscal señaló que el escrito de Goldstone "debió ser rechazado in límine, porque carece de los requisitos mínimos, formales, para este tipo de presentaciones". De Luca señaló que "no existen normas de jerarquía legal que permitan este tipo de presentaciones" y que, por tal razón, corresponde aplicar el reglamento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
En ese sentido, puntualizó que el escrito de "amicus" cita un reglamento de la Corte que ya fue derogado por la acordada 7/2013. De Luca precisó que la presentación "no cumple con los requisitos" establecidos en aquél acuerdo por cuanto Goldstone no explicó "cuál es el interés que inspira su presentación", dado que la figura del amicus curiae está pensada para intereses colectivos o generales. "Es decir, son amigos del tribunal, no amigos del imputado que vienen a abogar por su causa", remarcó el fiscal.
Añadió que, entre otros requisitos, el jurista omitió "mencionar si ha recibido financiamiento o ayuda económica de cualquier especie" y "si el resultado del proceso le representará beneficios patrimoniales".
El fiscal también fustigó la resolución de la Sala IV que declaró admisible la presentación. "La cita de artículos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y del Reglamento de la Corte Interamericana, que realiza la Sala es totalmente impertinente", indicó, pues sostuvo que "no se logra observar cuál sería la analogía entre nuestro proceso penal y el que regula la actividad ante los órganos internacionales".
De Luca agregó: "El proceso judicial no es una batalla en la que se midan por cantidades los soldados de cada bando, o en el que deba importar el peso específico de una firma de un escrito, sino el ámbito donde se presentan las razones jurídicas de las partes encontradas".
En esa línea, subrayó que la presentación de Goldstone "parece de un perito de parte" y no de un amicus curiae "preocupado por la cuestión de interés general y colectivo que se ventila en un proceso donde no es parte". Constituye, indicó, "un argumento de autoridad, por el prestigio de la persona que lo suscribe", y aseveró que se trata de "una clásica falacia lógica, del tipo 'si lo dice Fulano de Tal, que es el que más sabe del tema, debe ser así'".
El fiscal resaltó que su posición no trata "de impedir el ejercicio del derecho de la defensa, pues el contenido del 'amicus' bien puede ser incluido dentro de cualquier escrito de la contraparte y, de esa manera, llegaría a conocimiento de los jueces", y fundó que la inadmisibilidad de la presentación "se impone por razones estrictamente jurídicas, las que gobiernan el trámite del proceso y la preservación del principio de igualdad de armas y debido proceso".
Fuente:Fiscales.gob.ar-Envío:Agnddhh

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