10 de septiembre de 2014

TRES CONDENAS POR UNA APROPIACIÓN.

TERMINO EL JUICIO ORAL POR EL CASO DEL NIETO RESTITUIDO PABLO GAONA MIRANDA
Tres condenas por una apropiación
Raquel Alí Ahmed y Salvador Giribone, que anotaron a Pablo Gaona Miranda como hijo propio, recibieron seis y ocho años de prisión. Al militar Héctor Giribone, que les entregó el niño, también le dieron ocho años.
Por Ailín Bullentini

Pablo Gaona Miranda es hijo de Ricardo Gaona Paiva y María Rosa Miranda y recuperó su identidad en agosto de 2012.Imagen: Joaquín Salguero
Presenció cada una de las audiencias que conformaron el debate oral en torno de su historia. Pablo Gaona Miranda, quien hasta agosto de 2012 pensaba que era Leandro Giribone, hijo adoptivo de Raquel Alí Ahmed y de Salvador Giribone (aunque anotado como propio), ahijado de Héctor Giribone, se consideró “en calma” ayer, luego de que el Tribunal Oral Federal Número 5 encontrara a la mujer y a los hombres culpables de su apropiación y del ocultamiento de su verdadera identidad. “Se hizo justicia”, apuntó el nieto recuperado 106, mientras abandonaba los Tribunales de Comodoro Py. El fallo de los jueces Gabriel Nardiello, Oscar Hergott y Adriana Palliotti siguió la línea de las acusaciones, cuyos alegatos calificaron el robo de Gaona Miranda cuando niño y el ocultamiento de su identidad como delitos de lesa humanidad, pero las penas impuestas, de seis años para la mujer y ocho para los hombres, fueron sensiblemente menores que las solicitadas por la fiscalía y la querella de Abuelas de Plaza de Mayo, que exigieron condenas de entre 13 y 15 años de cárcel. Los magistrados darán a conocer los fundamentos de su decisión el próximo martes.

Durante dos meses de debate oral, el testimonio de una decena de testigos y el aporte de varios documentos reveladores proyectaron frente al TOF 5 la historia de Gaona Miranda: en agosto de 1978, cuando tenía sólo un mes de vida, fue secuestrado junto a sus padres, Ricardo Gaona Paiva y María Rosa Miranda, militantes del ERP, mientras viajaban rumbo a una reunión familiar en Villa Martelli. Un mes después se convirtió en el tercer hijo del matrimonio Giribone-Ahmed quienes, con la ayuda de un certificado de nacimiento falso, lo inscribieron como propio. Durante 34 años se llamó Leandro, hasta que el 1º de agosto de 2012, el resultado positivo del análisis que realizó el Banco Nacional de Datos Genéticos lo devolvió a la verdad.

Para el TOF Número 5, Salvador Giribone y Raquel Ahmed son igualmente responsables del delito de “ocultamiento y retención de un menor de 10 años”, así como de la “alteración” de su estado civil. A él, además, lo culpó de haber cometido “falsedad ideológica de documentos públicos”, por haber firmado el certificado de nacimiento falso. Por eso, la apropiadora deberá cumplir seis años, mientras que él, dos más.

Pero la figura más importante del caso es Héctor Giribone, el hombre que funcionó como amalgama para unir el origen de Pablo Gaona Miranda y su destino compulsivo en la casa del matrimonio condenado. Giribone es, además del primo del apropiador y a quien el matrimonio nombró padrino de Pablo Gaona Miranda, militar. Cumplió tareas en el norte del país, en el marco del Operativo Independencia y, para el año en el que el nieto recuperado 106 fue apropiado, se desempeñaba como jefe del área de Inteligencia de la Escuela de Caballería de Campo de Mayo. Además, quedó demostrado a lo largo del debate oral mediante la comparación de sus legajos de fajina que Giribone trabajó durante gran parte de su carrera militar con el médico Ricardo Lederer, quien firmó el certificado de nacimiento falso con el que fue inscripto Pablo como Leandro. El tribunal ponderó de esa manera el rol de Giribone en la historia de Gaona Miranda y lo identificó como “partícipe necesario” en su ocultamiento y retención, así como en la falsificación de su certificado de nacimiento. Lo condenó a ocho años de cárcel.

A Pablo Parenti, que compartió la fiscalía junto a Guillermo Friele, le quedó “el sabor amargo de las penas, que no reflejan la gravedad de los hechos”. A los delitos analizados en el debate oral que culminó ayer les corresponde una escala de entre cinco y 15 años de cárcel. “Gaona Miranda vivió 34 años bajo una mentira, a lo que debemos añadir la alteración de su identidad. Si en este caso no se aplican las penas más graves, ¿en cuáles?”, se preguntó Parenti. En ese sentido, remarcó que las bajas penas en este tipo de casos “no son un hecho aislado” y llamó a “reflexionar sobre el tema”.

Si bien reconoció que la querella esperaba penas mayores, Alan Iud, uno de los abogados representantes de Abuelas de Plaza de Mayo en el juicio, evaluó positivamente la sentencia “en un país en donde hubo impunidad durante tanto tiempo”. Sobre todo, destacó la evaluación que los jueces realizaron del rol de Héctor Giribone: “Creyeron en la palabra de Pablo, que fue una prueba decisiva para sostener la acusación en su contra junto a otra serie de elementos consistentes con esa versión”, evaluó. Cabe remarcar que la de ayer es la primera condena que recae sobre este personaje que, hasta hace tres meses, cumplía tareas administrativas en el Ejército Argentino. “La lectura que se hizo de su legajo, su participación en el Operativo Independencia, las tareas que cumplió en Campo de Mayo y las propias declaraciones que realizó en el juicio abren puertas para que la Justicia lo siga investigando por delitos de lesa humanidad”, advirtió el abogado.

Ayer a la mañana, durante la posibilidad que el tribunal les otorgó a los acusados para hablar antes del fallo, Giribone no sólo negó que el robo de Gaona Miranda a sus papás, que continúan desaparecidos, sea un delito de lesa humanidad, sino que además realizó una amplia defensa del accionar de las fuerzas de seguridad durante el terrorismo de Estado. “La apropiación de bebés no es un delito de lesa humanidad, no hubo plan sistemático ni hubo prácticas ilegales. Todas son conjeturas sin pruebas”, se despachó el militar.
Fuente:Pagina12





El fallo del TOF 5 fijó penas muy por debajo de lo pedido por Abuelas y la fiscalía, que reclamaban casi el doble
Condenas de 8 y 6 años para los apropiadores de Gaona Miranda
La sentencia más alta fue para el entregador, Héctor Girbone, y su primo, Salvador. Haydeé Ahmed recibió dos años menos. "Siento que se hizo justicia por mis padres", sostuvo el nieto.
Condenas de 8 y 6 años para los apropiadores de Gaona Miranda
Apropiadores - La pareja integrada por Haydeé Ali Ahmed y Salvador Girbone - Foto: télam
Acompañado por su familia biológica y varios nietos restituidos por Abuelas de Plaza de Mayo, Pablo Gaona Miranda recibió con "tranquilidad" el fallo del Tribunal Oral Federal 5 que condenó a sus apropiadores. Las penas resultaron más bajas que las esperadas y pedidas por la querella de Abuelas y la Unidad Fiscal de Apropiaciones: ocho años de prisión para el entregador, el coronel retirado Héctor Girbone, y para el apropiador, su primo, Salvador Girbone, mientras que la apropiadora Haydeé Ali Ahmed recibió seis años de cárcel.

Apenas terminó la audiencia, Pablo recordó a sus padres, María Rosa Miranda y Ricardo Gaona, con quienes fue secuestrado con apenas un mes de vida el 14 de mayo de 1978. "Siento que se hizo justicia por mis padres", aseguró.

Remarcó que estuvo tranquilo, en calma, y que "era necesario" que el juicio se realizara. "Más allá de los años de condena para mi entregador y apropiadores, lo bueno es que el Tribunal consideró que eran responsables de mi desaparición y de mi apropiación. Por ese lado estoy tranquilo", analizó en diálogo con Tiempo Argentino y describió el proceso del juicio como "bastante difícil y bastante duro pero absolutamente necesario".

A las 14 en punto, los jueces Adriana Palliotti, Oscar Alberto Hergott y Ángel Gabriel Nardiello difundieron la sentencia. Declararon que la apropiación de Pablo "resulta constitutivos de crímenes de lesa humanidad" y luego leyeron las penas, visiblemente más bajas que las pedidas por las partes acusadoras. El ex militar Héctor Girbone recibió ocho años como partícipe necesario del ocultamiento y retención del niño. Para él, Abuelas y la fiscalía habían pedido 15 años de cárcel ya que era quien tenía el vínculo más directo con el terrorismo de Estado y había facilitado al médico que firmó la partida de nacimiento. Su primo, Salvador Girbone, para quien habían reclamado 13 años, recibió también ocho años al ser encontrado culpable como coautor de la apropiación. Su esposa, Haydeé Ali Ahmed, tenía un pedido de pena de 12 años pero los jueces la condenaron a seis años como coautora de la apropiación.

La sentencia también declaró la falsedad del acta de nacimiento y DNI de Pablo, inscripto como hijo biológico del matrimonio Girbone bajo la identidad falsa de Leandro Girbone, con la que vivió por más de 30 años, y ordenaron la supresión de esos datos y su rectificación. Por último, derivaron la lectura de los fundamentos de la sentencia para el 16 de septiembre.

Este caso fue, además, la primera participación en un juicio oral de la Unidad de Apropiaciones, a cargo de Pablo Parenti, quien representó al Ministerio Público Fiscal junto al fiscal Guillermo Friele. "Estamos conformes con que haya quedado demostrada la culpabilidad y es importante haber logrado la condena, pero nos parece que las penas no reflejan la gravedad de los hechos", sostuvo Parenti a este diario.

Los delitos de retención y ocultación de un menor de diez años tienen una pena prevista en el Código Penal de entre 5 y 15 años de prisión. Abuelas y la fiscalía reclamaron entre 12 y 15 años, en los máximos de la escala, pero el Tribunal hizo otra lectura y otorgó condenas más cerca del mínimo. "Claramente, para nosotros estos hechos, por la forma de comisión, por ser delitos de lesa humanidad, por la cantidad de años que duraron, se sitúan entre los más graves y no debería estar tan cerca del mínimo. Si estos hechos no ameritan el máximo de la escala, no sabemos qué hechos lo justificarían", argumentó el titular de la Unidad.

Las penas bajas se repiten en los juicios por apropiación de niños. "En principio es una nueva sentencia que se mueve dentro de un parámetro de escala muy bajo para la gravedad  de los hechos que juzgamos. Hablamos de un plan, de una sustitución de identidad, le cuentan (a Pablo) otra historia, vive sus primeros 34 años de vida en una familia impuesta por la fuerza y en base a la mentira. Es un hecho sumamente grave", se quejó Parenti.
Fuente:TiempoArgentino






9-9-2014
Apropiación
Hoy se dio a conocer el veredicto
Sentencia Gaona Miranda: “Se hizo justicia y se cerró una etapa”

Los apropiadores fueron condenados hoy a 6 y 8 años de prisión. El entregador, a 8 años. La fiscalía y Abuelas habían pedido penas mayores: 12 y 13 años, para Haydeé Ahmed y Salvador Girbone, quienes lo inscribieron como hijo biológico, y 15 años para el teniente coronel retirado Héctor Girbone, su entregador.
Por: Juan Manuel Mannarino
Fotos:Majo Malvares

A sala casi repleta, el Tribunal Oral Federal Número 5 condenó a los responsables de la apropiación de Pablo Gaona Miranda, el nieto restituido 106. En primer lugar, dictó 8 años de prisión para Salvador Norberto Girbone, uno de los apropiadores, por considerarlo partícipe necesario en el ocultamiento de la identidad a un menor. La otra apropiadora, Haydeé Raquel Ali Ahmed, recibió 6 años, como coautora del ocultamiento. El ex militar Héctor Girbone también recibió la pena de 8 años, pero por ser considerado como responsable principal de la apropiación, es decir, como el entregador. “Estoy en calma, se hizo justicia”, dijo Pablo Gaona Miranda minutos después del veredicto. El 16 de septiembre a las seis de la tarde el tribunal leerá los fundamentos del mismo.

Tanto la querella de Abuelas de Plaza de Mayo como la fiscalía habían pedido a los jueces Oscar Hergott, Gabriel Nardiello y Adriana Palliotti penas de 12 y 13 años, respectivamente, para Haydeé Raquel Ali Ahmed y Salvador Norberto Girbone, quienes inscribieron a Pablo como hijo biológico, y de 15 años para el teniente coronel retirado Héctor Girbone. Gaona Miranda recuperó su identidad en agosto de 2012, cuando el Banco Nacional de Datos Genéticos le confirmó los resultados del análisis de ADN que había pedido a través de Abuelas de Plaza de Mayo.

Como adelanto de los fundamentos, el Tribunal rechazó el planteo de inconstitucional de la defensa y consideró que “la apropiación de bebes es un delito de lesa humanidad, y como tal imprescriptible”. Hubo una tensa calma en los momentos previos a la sentencia. La sala auditorio, una de las más grandes de Comodoro Py, está dividida en dos espacios. Abajo, en la misma línea que los jueces, cerca de 60 personas acompañaron a Pablo, entre familiares, amigos y otros nietos restituidos, como los mellizos Reggiardo Tolosa. Los parientes de los acusados, en tanto, estaban arriba. No eran más de 20.  La madre apropiadora giró varias veces la cabeza, pero Pablo miraba para otro lado.

No hubo cruces pero sí un solo grito colectivo: después de la sentencia, los compañeros de Pablo recordaron a sus padres biológicos, María Rosa Miranda y Ricardo Gaona Paiva. “No tengo la culpa de todo esto que pasó, sólo siento que fui víctima de una apropiación y ya habrá tiempo de analizar la sentencia”, dijo Pablo Gaona Miranda a Infojus Noticias, la mirada serena, las manos temblorosas. Y después agregó, en relación a la familia de sus apropiadores: “A mí me costó decidir hacerme el ADN, porque siento afecto por ellos, pero hoy siento que se cerró una etapa. Estoy tranquilo, ya procesaré todo con mejor claridad”.
"No hubo plan sistemático", dijo el entregador
Horas antes de la sentencia, en otra sala, el Tribunal Oral Federal dio la palabra a los acusados. Fueron breves. Haydeé habló de Pablo: “Lo he respetado, lo he querido. Él siempre nos dijo que nunca nos iba a dejar. Para nosotros, siempre ha sido Leandro. Lo quise con todo mi corazón, le di lo mejor, le hice practicar deportes. Lo quiero con todo el alma”. Salvador destacó que recibió al bebé “muy enfermo, como si hubiera estado abandonado”, y sin embargo “le dimos mucho cariño”. También defendió a su primo, Héctor Girbone, el teniente coronel retirado que entregó al bebé de un mes, secuestrado junto a sus padres en 1978: “A Héctor lo acusan por portación de apellido, pero el bebé no pasó por la mano de él”.
A su turno, Girbone, padrino de Pablo, fue provocador: “La apropiación de bebés no es un delito de lesa humanidad, no hubo plan sistemático, ni hubo prácticas ilegales. Todas son conjeturas sin pruebas”, desconociendo una sentencia -avalada por casación- que sí consideró probado que existió un plan sistemático de criar a los hijos de los militantes lejos de sus familias. Sus palabras fueron coronadas por el fuerte aplauso de los familiares y amigos que acompañan a los tres acusados -los apropiadores y el entregador- en el día de hoy en los tribunales de Comodoro Py.

En una extensa defensa, que fue interrumpida varias veces por el Tribunal, Héctor Girborne, dijo: “Entiendo el dolor de la familia, era el mismo dolor que sentíamos cuando la subversión mataba a un camarada, o cuando nos entregaban un soldado asesinado. Era una época difícil para la Nación”. Y agregó: “En este juicio, no se pudo demostrar donde ocurrió la desaparición de los padres de Pablo. Me colocaron como apropiador sin ningún tipo de fundamento. Pablo declaró acá y dijo: ´Héctor era joven y no sabía lo que hacía´.

Pero su declaración fue guionada. Soy el actor principal por ser militar. Se ha distorsionado mi calificación y mi trayectoria. La apropiación de bebes no es un delito de lesa humanidad, no hubo plan sistemático. La querella y la fiscalía dijeron que yo era el entregador, pero hoy recordé una frase de Mao Tse Tung: `Miente, miente, miente, que siempre algo queda`. La verdad la dicen mis primos, que comprobaron que no tuve nada ver con la entrega de Leandro”.

Hace unos días, la defensa, encabezada por el destituido ex juez Guillermo Tiscornia, pidió la absolución de los tres imputados. El abogado de los acusados atacó a la víctima e hizo una defensa del terrorismo de Estado y de la teoría de los dos demonios. Descalificó a los juicios de lesa humanidad como “trajes a medida influidos por la ideología para perturbar el proceso de pacificación” que se había iniciado con las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, cuestionó su imprescriptibilidad y acusó a Pablo de ofrecer una declaración judicial “guionada” por el gobierno nacional y Abuelas de Plaza de Mayo. 

El ex juez fue destituido en 2007 por el Consejo de la Magistratura por “mal desempeño de sus funciones”. Y sobreseído en 2011 de una causa judicial en la que se lo acusaba de pedir coima a una empresa de juegos de azar por 4 millones de dólares. En su alegato, se obsesionó en desvincular a la guarnición de Campo de Mayo dentro de la represión ilegal y el rol particular del entonces teniente Héctor Giribone dentro de la Escuela de Caballería que estaba en las 80 hectáreas del predio.

Héctor Giribone – que además es primo del apropiador y padrino del nieto restituido- participó en el Operativo Independencia, fue jefe del Comando de Operaciones Tácticas y 12 destinos militares más. Estuvo en el Ejército hasta 2012. Su defensor dijo que no era un experto en la “lucha antisubversiva” y no supo de torturas y desapariciones. Para probarlo, citó una declaración del ex jefe del Ejército y actual embajador en Costa Rica. “Martín Balza, que era jerárquicamente superior, declaró que sólo supo de la represión con la llegada del gobierno de Alfonsín”. ¿Cómo iba a saberlo un entonces teniente primero?, se preguntó Tiscornia.

El caso
Pablo nació el 13 de abril de 1978 y fue secuestrado el 14 de mayo de 1978, al mes de vida, junto a sus padres, los militantes políticos delEjército Revolucionario del Pueblo (ERP) María Rosa Miranda y Ricardo Gaona Paiva. Ese día, las víctimas habían participado de un encuentro familiar en la casa de los padres de Ricardo. Se despidieron y nunca más se supo de ellos.

Hasta los 22 años, Pablo creyó que su adopción era legal: le habían dicho que lo habían traído de Misiones después de un día de viaje en colectivo, como a sus hermanas de crianza. Pero empezó a dudar cuando descubrió que la información de su partida de nacimiento decía que había nacido en Virreyes, provincia de Buenos Aires. Después de una discusión que tuvo con sus padres apropiadores en 2008, Pablo vaciló cuatro años para hacerse los estudios de ADN. El resultado señaló que era hijo de María Rosa Miranda y Ricardo Gaona Paiva. Ella tenía 28 años y él 21 cuando fueron vistos por última vez, a un mes de haber sido padres. “No sabemos en qué punto fue secuestrado el matrimonio Miranda–Gaona, pero sí sabemos que Héctor entregó el niño y que sabía sobre su origen”, dijo el abogado querellante Alan Iud.

La coartada de los acusados sobre cómo llegó el chico al matrimonio Giribone despertó numerosas dudas. Dijeron que fue un acuerdo entre el padre de Salvador, Ángel Giribone, que era almacenero y repartidor de garrafas, y el padre de Héctor. Ninguno puede responder a esas acusaciones: están muertos.

El juicio
El juicio empezó el lunes 11 de agosto. Ese mismo día declaró Pablo frente a los imputados, con quien mantiene una buena relación: “Por más que sea un proceso doloroso, creo que es necesario contar y estar acá. También lo hago por mis padres, que continúan desaparecidos”.

Los tres imputados, a lo largo de las audiencias, negaron los cargos en su contra. “No tuve absolutamente nada que ver con este caso”, aseguró el teniente coronel Girbone ante los jueces Gabriel Nardiello, Oscar Hergott y Adriana Palliotti.

En el mismo sentido, Salvador y Haydée dijeron que antes de “obtener” a Pablo, habían traído a dos chicas de Misiones y que las anotaron como hijas adoptivas. Salvador contó que un tío – ya fallecido- le hizo el contacto con una mujer de San Martín, que fue la que le entregó el bebé de tres meses, en julio de 1978. Al niño lo fueron a buscar a la casa de la mujer, pero Salvador no recuerda la dirección de la casa.

El certificado de nacimiento lo firmó el médico militar Ricardo Nicolás Lederer. El falso documento decía que el niño había nacido en un hospital de Virreyes. El 22 de julio, el niño fue anotado como Leandro Daniel Girbone en el Registro Civil de esa localidad. Lederer había trabajado con Héctor en una guarnición militar en la provincia de Salta unos años antes.

En mayo de 1978, Ricardo tenía 21 años y María Rosa, 28. Eran militantes del Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP) en el partido de Vicente López. A un mes de ser padres, el 14 de mayo de 1978, salieron de su departamento de Barrio Norte y fueron a visitar a un familiar, en Villa Martelli. En algún punto del regreso a su casa, miembros del Ejército los secuestraron a los tres. A Ricardo y a María Rosa nadie los volvió a ver, y hoy, después de décadas de búsqueda, los familiares de Pablo cerrarán una etapa sobre la apropiación de Pablo.


No hay comentarios: