DESAPARICIÓN Y MUERTE
Caso Facundo Castro: el informe pericial de la querella que desarma el encubrimiento
Las 200 páginas que redactó la médica Virginia Créimer (a las que accedió este medio) ya fueron incorporadas al expediente. Si bien muchas respuestas siguen irresueltas, el informe es central para comprender la no investigación y los claroscuros de la autopsia al cuerpo del joven de Pedro Luro.
Daniel Satur
@saturnetrocLunes 8 de febrero
La médica legista Virginia Créimer dirige la Consultora Pericial de Ciencias Forenses.
Junto a su equipo de trabajo acumula una vasta experiencia, interviniendo en diversos
casos en los que el Estado (a través de sus múltiples instituciones) y sectores de poder
han victimizado, torturado, desaparecido y asesinado a personas, mayoritariamente
jóvenes y pobres.
En agosto de 2020 Créimer fue convocada por Cristina Castro y sus abogados
Leandro Aparicio y Luciano Peretto para ser perita de parte en la causa judicial por la
desaparición seguida de muerte de Facundo Astudillo Castro.
El joven había desaparecido el 30 de abril (en el marco de la cuarentena decretada por
Alberto Fernández) tras ser detenido por la Policía Bonaerense en Mayor Buratovich
(partido de Villarino) y su cadáver fue hallado 107 días después en un cangrejal de
Villarino Viejo, a pocos kilómetros de Bahía Blanca, donde la Policía Federal ya
había rastrillado previamente pero con resultados negativos.
La médica fue la única que firmó en disidencia la autopsia realizada al cuerpo de
Astudillo Castro, diligencia que estuvo a cargo del Equipo Argentino de Antropología
Forense (EAFF) y en cuyo proceso cumplió un papel destacado el Cuerpo Médico
Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Como se analizó en detalle en otro artículo, el informe final de esa autopsia está
plagado de claroscuros que, a través de una lectura amañada, podrían dar a entender
que el deceso del joven se habría producido por un “accidente” que sufrió en soledad,
sin intervención de otras personas. Una conclusión que iría absolutamente en contra
de la profusa prueba que se acumula en el expediente que se tramita en el Juzgado
Federal 2 de Bahía Blanca.
Pericia de parte
El 7 de noviembre, tras un pormenorizado estudio (junto a su equipo de especialistas)
tanto de la autopsia elaborada por el EAAF como de la causa en general, Créimer le
presentó a la jueza María Gabriela Marrón su informe pericial en representación de la
querella. El escrito (al que accedió este medio) consta de casi 200 páginas y no deja
ningún elemento central del expediente sin abordar ni ubicar en contexto.
Primero el informe expone los “antecedentes de interés científico aplicados al análisis
forense global de lo actuado” en la causa. Allí detalla los diferentes momentos por los
que transitó el caso desde sus inicios, haciendo hincapié en los elementos objetivos
que prueban el recorrido realizado por Facundo hasta desaparecer, la existencia de
elementos que permiten detectar parte de su recorrido cuando ya había perdido
contacto con su familia y el accionar de la Policía Bonaerense antes, durante y
después de la desaparición.
De todo lo analizado la perita Créimer concluye que Facundo salió de la casa de un
amigo de Pedro Luro aproximadamente a las 4 de la mañana del 30 de abril, rumbo a
Bahía Blanca para ver a su exnovia. Que decidió tomar la ruta para viajar a pie o a
dedo. Que es llevado una vecina de Hilario Ascasubi hasta Mayor Buratovich y que
alí los agentes de la Bonaerense Mario Sosa y Jana Curuhuinca lo detuvieron en
virtud del DNU 297/20.
“La última acción de Facundo comprobada en la causa fue la conversación telefónica
con su madre a las 13:33 hs, lo que está certificado”, dice el informe para luego pasar
a demostrar que ése no fue el único contacto de Castro con la Policía.
Se destaca el hallazgo de una bolsa en la comisaría de Teniente Origone y dentro de
ella “una esfera con forma de sandía con una vaquita de San Antonio dentro, la cual
Cristina Castro reconoció indubitablemente como pertenencia de su hijo”. “Otros
elementos pertenecientes a Facundo, incluyendo material genético”, que también
fueron hallados en otros rastrillajes y peritajes”. Y se remarca que “tanto el hallazgo
del cuerpo del joven como su mochila fueron protagonizados por eventuales
pescadores que (supuestamente) pasaban de casualidad por los sitios indicados”.
Luego del pormenorizado racconto de datos suministrados por testigos, por las
declaraciones judiciales y las conversaciones registradas en los celulares de algunos
de los policías involucrados, por rastrillajes y demás pericias, por información oficial
del Gobierno bonaerense y por lo hallado en el cangrejal junto o en las inmediaciones
del cadáver, el informe se mete de lleno en el abordaje crítico tanto de la realización
de la autopsia como de sus conclusiones.
Sin protocolo
“Como consta en las actas de la PFA, el 15 de agosto tres pescadores (uno por un lado
y dos por otro), aparentemente de forma espontánea, dieron aviso de la existencia de
un cadáver en el canal ‘Cola de ballena’ de Villarino Viejo”, recuerda Créimer. Y
destaca que “inmediatamente la Policía Federal, cumpliendo órdenes de la Fiscalía
Federal 1 de Bahía Blanca, se hace cargo del arribo al lugar y de la custodia de la
escena hasta el día siguiente”.
“El 16 de agosto el Equipo Argentino de Antropología Forense interviene en el
levantamiento del cuerpo. A las 13:30 hs se comienza un rastrillaje del lugar abierto,
con un perímetro SIMPLE de 100 metros de largo x 30 de ancho”, agrega el informe.
Y a renglón seguido dice que “debe destacarse que no se observan los protocolos
básicos de intervención pericial en los hallazgos de cuerpo, a través de un equipo
interdisciplinario conformado por Fotógrafos, Planimétricos, Criminalistas, Rastros y
Médicos Forenses”.
Así, para la perita de la querella “el análisis del lugar del hecho resulta de esta manera
incompleto, circunstancia que se corrobora al encontrarse en forma posterior otros
restos humanos correspondientes al mismo cadáver”. Y a su vez le “llama la atención
que, atento el estado de esqueletización del cuerpo hallado, la zapatilla encontrada a
pocos metros, que se correspondería con la que vestía Facundo al momento de su
desaparición, se encuentre en total estado de indemnidad”.
¿Que parezca un accidente?
Créimer remarca que, al momento de la realizarse la autopsia el 25 de agosto en el
laboratorio del Equipo de Antropología Forense, “si bien se había encomendado al
EAAF dirigir el procedimiento, fue el Dr. (Roberto) Cohen del CMF (Cuerpo Médico
Forense, NdR) quien decidió el orden y la metodología de exposición de las
conclusiones preliminares de cada equipo/profesional presente en la autopsia, cuando
sólo era un perito más de los convocados”.
A la perita de parte también le llamó la atención “la insistencia con la cual el Dr.
Cohen pretendía descartar las circunstancias violentas de la muerte de quien (hasta
ese momento) se presumía como Facundo Astudillo Castro. Esto es, tras cada
exposición pericial, sin requerimiento de persona alguna, el perito hacía una
‘traducción’ de lo expresado remarcando la ausencia de lesiones vitales”.
En ese marco destaca lo manifestado ese día por la doctora Marta Maldonado
(odontóloga del CMF): “fue clara y contundente sobre la impregnación hemática de
los dientes del maxilar inferior de la víctima (...) estableciendo que se trataba de un
fenómeno vital y violento”. También lo que afirmó el doctor Jorge Pereyra (radiólogo
del CMF): “estableció preliminarmente que no existían fracturas de tipo vital en
huesos largos, lo que descartaría una caída accidental desde altura”.
Luego Créimer se refiere a la segunda instancia de la autopsia del cuerpo de Facundo,
es decir a la presentación del informe con las conclusiones de los peritos encabezados
por el EAAF. Y allí las críticas de la querella se renuevan y profundizan.
“El 1° de octubre a las 9:00 hs fuimos citados las peritas y los peritos intervinientes
de autopsia al Ateneo enmarcado en cumplimiento del Art 262 del Código Procesal
Penal de la Nación (...) Al llegar al ateneo los distintos informes de los distintos
peritos ya habían sido previamente enviados al EAAF, revisados y unificados en un
dictamen que se presentó en esa fecha. No fue posible llevar adelante ningún tipo de
discusión científica frente al hecho consumado sin la participación de esta perita de la
querella”. Contundente.
Luego analiza una por una las conclusiones de los análisis de las diatomeas (grupos
de algas) halladas en la médula ósea del cadáver, entomológico (accionar de insectos
sobre el cuerpo), antropológico, radiológico, odontológico, tafonómico y tanatológico-
lesionológico (sobre el proceso mismo de la muerte).
Respecto al hallazgo de diatomeas en la médula, el informe remarca que, pese a ser
claves para determinar que Facundo murió de forma “violenta, por asfixia por
sumersión”, aclara que “de las 15 especies encontradas” en el cuerpo solamente “5
coincidían con las 17 obtenidas en el agua colectada por la PFA” en el cangrejal. Es
decir que no se puede asegurar fehacientemente que Facundo se ahogó allí.
Sobre la data de muerte, “el entomólogo deja en claro que mínimamente la muerte de
Facundo se produjo 40 días antes de su intervención, pero no puede establecer ni el
momento en el cual se produjo la muerte ni siquiera un plazo máximo estimativo”.
Para Créimer, entonces, “no se puede descartar que la muerte de Facundo no se haya
producido en ese lugar y que su cuerpo haya sido plantado en el mismo”.
A su vez, “del análisis realizado por el médico radiólogo se puede concluir que
Facundo no posee en el cráneo ni en los huesos largos traumatismos compatibles con
fracturas secundarias a jumping ni a defenestración (caídas de altura)”.
Uno de los puntos más críticos que remarca la doctora Créimer refiere al análisis
odontológico, donde “surge la presencia de pink teeth, fenómeno que genera
numerosos conflictos durante el presunto ateneo”. Para la perita, “la presencia o
ausencia del pink teeth no influye en el hecho de que la muerte de Facundo fuera
mediante una muerte violenta por asfixia por sumersión. Sin perjuicio de ello, podría
hablarnos de una compresión extrínseca del cuello que hubiera provocado la muerte
de Facundo o su pérdida de conciencia. También podría hablarnos de una sumersión
violenta que hubiera provocado la muerte de Facundo por este mecanismo, tal como
la Dra. Maldonado sostuvo en causas previas”.
Finalmente, sobre el análisis tanatónico, Créimer afirma que “los peritos se expiden
sobre la presencia de lesiones postmortem descartando la posibilidad del accionar de
terceras personas sin tener un conocimiento cabal y contextualizado de todo lo
actuado en autos (ni elementos científicos para llegar a esa conclusión), como lo
establece el Protocolo de Minnesota”.
El Estado es responsable
Las consideraciones finales de la doctora Virginia Créimer son contundentes. “Hay
preguntas que desde el 30 de abril de 2020 se hacen Cristina Castro, el resto de su
familia y buena parte de la sociedad, pero aún no han sido respondidas
fehacientemente por el Estado: ¿Qué pasó con Facundo Astudillo Castro? ¿Cuándo
murió? ¿Dónde murió? ¿Qué hechos y circunstancias ocasionaron su muerte violenta
por asfixia por sumersión? ¿Qué hechos y circunstancias llevaron a que, con
excepción de una de sus zapatillas, casi todas sus pertenencias aparecieran en
diversos momentos y lugares, tan disímiles como un calabozo y un patrullero de
Origone, un patrullero de Bahía Blanca y otra zona del cangrejal de Villarino Viejo?”
Créimer agrega que “por los resultados obtenidos tras un minucioso análisis de todas
las evidencias científicas obrantes en la causa, se concluye que las respuestas a las
preguntas precedentes deberían ser respondidas a partir de la producción de otras
medidas de prueba, rastrillajes y peritajes que nos acerquen lo más ajustadamente a la
verdad de los hechos”.
En ese marco, finaliza, “no hay más que considerar lo que ya expresó la querella a la
que asisto, a través de dos pedidos de recusación al fiscal de la causa, una apelación
por negativas de la jueza a producir medidas de prueba determinantes y un recurso de
queja presentado ante la Cámara de Apelaciones de Bahía Blanca. En todas esas
instancias la propia madre de Facundo Castro aseguró que la falta de respuestas a esas
preguntas aún irresueltas se debe a una ineficaz, ineficiente, tardía y defectuosa
investigación por parte del Estado y sus instituciones. Esa sentencia exime a esta
perita de mayores argumentaciones”.

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