8 de septiembre de 2021

TROPEL 1 del 08.09.2021.

 

Médica detenida en Tartagal 

desestimó cualquier posibilidad de 

que se la acuse de obligar abortar a 

una paciente

Resumen Latinoamericano, 7 de septiembre de 2021. 

Un nuevo giro judicial sumó el caso del aborto realizado en Tartagal aplicando lo que estipula la ley para la Interrupción Legal del Embarazo (ILE), ya que la mujer que lo había solicitado denunció a la médica argumentando que “la obligó” a abortar.

El hecho ocurrió hace más de una semana, pero tomó trascendencia nacional cuando el juez Fernando Mariscal Astigueta dio curso al pedido de detención a la profesional que hizo el fiscal penal Gonzalo Vega “por presunta comisión del delito de aborto”.

La causa se inició a partir de la denuncia de una tía de la mujer y derivó en que la médica Miranda Ruiz estuviera detenida unas horas, lo que generó fuertes protestas y pronunciamientos, principalmente de movimientos feministas, pidiendo por su liberación.

La nueva denuncia ingresó a la Justicia el domingo por la mañana, allí la mujer J.P.M. reconoce que solicitó que se le practique un aborto, “pero cuando hablé con mi tío y mi tía ya no quería hacerlo. Y más todavía cuando la vi a mi hija Angie ahí decidí no hacerlo”.

La joven también señala que: “Yo le dije a la doctora Miranda el día 24 agosto que quería continuar con el embarazo, pero no me hizo caso. Y me hizo abortar. Yo me arrepentí de hacerme el aborto y quería que mi hija esté viva. Yo quería que mi hija Milagro esté con vida. Y cuando me quería ir ella me obligó a quedarme en observación».

Justamente, aunque todavía no existía la denuncia de la mujer, el argumento de que la doctora “obligó” a la paciente fue utilizado por el fiscal para solicitar su detención, tal como se consignó desde el Ministerio Público Fiscal que detalló que «la médica del Hospital Juan Domingo Perón, de la ciudad norteña de Tartagal, intervino en el procedimiento de interrupción voluntaria de un embarazo de 22 semanas y dos días realizado a una joven de 21 años, a pesar de que la mujer habría manifestado su arrepentimiento. Se indicó que eso consta en la historia clínica de la joven donde una profesional del equipo dejó sentado por escrito”.

Imposible obligarla con un tratamiento de pastillas

Miranda Ruiz, desestimó cualquier posibilidad de que se la acuse de obligar abortar a una paciente, porque el procedimiento que se utilizó es con pastillas y por lo tanto autoadministrado.

“El tratamiento para interrumpir el embarazo es autoadministrado, se pone la pastilla, Misoprostol, abajo de la lengua media hora y después hay que tragarla. Eso se hace cada tres horas hasta que se produce la expulsión, así es el tratamiento. No se hace por quirófano, no se hace por vía vaginal, porque es más incomodo, que alguien me explique cómo hago yo para obligar a una mujer para que haga ese tratamiento”, señaló la profesional en una entrevista en radio Nacional Salta.

Si bien indicó que por cuestiones de confidencialidad no iba a hablar de la historia clínica, advirtió que una jueza de Tartagal indagó sobre el procedimiento y que cuando se le dieron los causales permitió que continúe. “Además ¿Qué móvil puede llevar a un médico a obligar a abortar a una paciente?”, se preguntó Ruiz.

En cuanto al protocolo que se aplica en estos casos dijo “conocerlo de memoria” e informó que existe un consentimiento firmado, la valoración de un equipo médico y las causales justificadas”.

Al momento de evaluar el revuelo mediático que generó esta situación, la médica no dudó en apuntar a la concejala de Salvador Mazza, Claudia Subelza, que fue la que dio a conocer a los medios el tema, y a la diputada provincial Cristina Fiore, ambas conocidas por su militancia en contra del aborto.

Es increíble como la paciente, la familia y yo, estamos siendo usados políticamente por la concejala Subelza y la diputada Fiore, que militan la ley del aborto, con argumentos espurios, expusieron a la mujer mediáticamente y quisieron encarcelar a una médica en Tartagal en donde faltan profesionales”, expresó.

Ruiz también considera que su encausamiento en la Justicia es un disciplinamiento, porque ella es la única profesional del hospital que no presentó objeción de conciencia, y por lo tanto puede garantizar que se aplique la IVE y la ILE en dicho establecimiento.

Fiore en la última sesión de Diputados hizo referencia al tema y dio una versión, que no especificó de que fuente la obtuvo, en la que describía que la joven había sido llevada al quirófano luego de que se negase a seguir tomando pastillas, y que “allí escuchó el llanto de la beba que nació viva, y luego el espantoso silencio”.

Tal como se menciona anteriormente, la médica negó terminantemente que la mujer haya pasado en algún momento por el quirófano para hacerle un aborto vía quirúrgico.

Distinta fue la postura de la diputada Gladys Paredes, también médica y que por lo tanto conoce bien la situación de Tartagal, de donde es oriunda. Para ella “se dijeron muchas mentiras. La joven que solicita la interrupción no fue solo consultada con la doctora: hay un protocolo donde se consulta a la psicóloga, a la asistente social y se hace un recorrido antes de darle la medicación”.

En declaraciones a FM Aires, Paredes expresó que “Hay una ley que más gusta a algunos, menos a otros, pero hay una ley que la doctora nunca hizo incumplimiento”. Y agregó que “la doctora Ruiz es una mujer estudiosa, no es improvisada, es formadora de profesionales en una residencia. Es un lujo tener a esta doctora y una gran pena que se permitan este tipo de atropello”.

El hecho revivió a los grupos anti abortos autodenominados “ProVida”, quienes anunciaron se congregarán hoy frente a la ciudad Judicial de Tartagal reclamando que se castigue a la médica.

En tanto militantes feministas anunciaron un pañuelazo por el aborto legal, el miércoles también frente a los tribunales de la ciudad norteña, bajo la consigna “Ganamos esta Ley y la vamos a defender”. 



¿Cuándo mejor que ahora para tensionar 

la ESI?

Por Belén Barral, Resumen Latinoamericano, 7 de septiembre de 2021.

Se cumplen 15 años de la sanción de esta ley (26.150) devenida Programa Nacional de Educación Sexual Integral y con ella van apareciendo gráficas, notas, videos en IG abordando su importancia. Pero, como una vez escuchamos que “con la democracia se come”, no puedo dejar de pensar en la homologación de “con la ESI se es libre”; y pienso, “sin presupuesto y con desigualdades estructurales socio-sexo económicas ninguna de las dos son posibles”. Todo deviene una vez más, slogan y papel muerto. 


“La ESI es para ser libres”, “la ESI previene embarazos no deseados”,

“La ESI respeta la diversidad” “la Esi cuestiona modelos binarios”

“La ESI  promulga infancias libres y cuidadas”

“La ESI nos enseña a prevenir vínculos violentos y respetar nuestros cuerpos y el de lxs demás”, la ESI….la ESI….. la ESI….

No se trata de ver el vaso medio vacío en estos 15 años de recorrido de una ley que apuesta a abrir posibilidades -y lo viene  haciendo –  para  mejorar la calidad de vida de todas las personas y que responde a una necesidad más que imperiosa tanto pedagógica como en términos de salud sexual integral en toda la región de América Latina y El Caribe. Sino de poner en tensión todo aquello que  hemos conseguido, que ha logrado hacer lugar para esta apuesta poniendo en movimiento conocimientos, prejuicios, modos de vivir la vida, accesos a la salud y a derechos básicos fundamentales en la construcción de una calidad educativa que contemple una perspectiva de género(s), no biologicista ni heteronormativa.

Tensionar  para avanzar, tensionar para revisar, tensionar  para desarmar y construir. Tensionar como invitación para activar  las luchas que aún  nos quedan  como horizontes futuros  y presentes activos.

  • ESI: más que una ley, una  posibilidad:

A la hora de abordar ESI hay, en general,  una tendencia al  estancamiento en su marco legal, que si bien es riquísimo y novedoso para su época,  en estos 15 años posteriores han sucedido   cambios  inmensos en cuestiones de derechos y formas de interpretar  y vivir las identidades sexo-genéricas (ley de matrimonio igualitario (26.618), ley de identidad de género (26.743) , ley   de cupo laboral trans (27.636) , ley IVE (27.610), etc)  Todos estos avances,  no solo  en el marco legal sino en lo que significa su impacto social y  en las formas de pensar y habitar  realidades y cuerpos, deben ser recuperados a la  hora de los abordajes marcolegalistas de la educación sexual integral;  que aunque no  estén contemplados  en sus artículos por imposibilidad cronológica,  están presentes en su espíritu emancipador  como  propuesta pedagógica y de una mejor vida.

Ahogar las posibilidades de las potencias de este paradigma disruptivo del orden moralista  con la  continua  insistencia de abordar, como si fueran pasos a seguir, “los 5 ejes”[1] nos traslada a una visión acotada y conceptual. Invisibiliza la riqueza de debates posteriores, incluso dificulta la autorevisión para ampliar concepciones sobre la integralidad de esta educación que defendemos (qué significa respeto a la diversidad, qué es lo diverso, qué es la perspectiva de género en sentido no binario, qué concepción de cuerpo utilizamos cuando ponemos esta práctica a rodar, qué imaginario social tenemos de lxs estudiantes… etc etc etc ).

Los avances de los feminismos y transfeminismos,  la lucha desatada de manera expansiva  desde 2018 para lograr el derecho al aborto legal, libre, seguro y gratuito, el movimiento contra las violencias que generó  resonancias inmensas desde “Ni una Menos”, las críticas a la institución heterosexual obligatoria, los debates en torno al lenguaje inclusivo, el uso de las redes sociales y las nuevas formas de vincularnos desde la virtualidad, la visibilización de las identidades transgénero y transexuales, los debates en torno a las expresiones no binarias etc, etc. Abrieron espacios riquísimos para ampliar los alcances de ESI – más allá de los contenidos curriculares en relación con los ejes irrenunciables-  y apostar a potenciarlos  para  corrernos  aún más de modelos biologicistas  y binaristas en los  que recaemos muchas veces  cuando  por ejemplo, trabajamos de manera recortada la  perspectiva  de género(s) tomando las desigualdades de oportunidades entre hombres y mujeres,  cayendo en la trampa del reduccionismo de las identidades sexo-genericas y trabajando, a parte, “lo diverso”.

¿Cuál es el horizonte que pretendemos si aún diferenciamos en segmentos separados las  problemáticas? ¿no es seguir apostando a una jerarquización?  No es que esto no fuera contemplado  cuando se presentó y pensó el proyecto (2006),   pero al ser el mejor de los  resultados de una negociación difícil con sectores religiosos con gran peso político para obtener la ley, quedan expresados de esta manera  para abrir un camino hacia  el derecho a la educación sexual  integral desde las aulas. Ahora bien, esta estrategia ya la sabemos, ya la tenemos ¿vamos a seguir sin ampliar en nuestras prácticas su perspectiva solo por ajustarnos a un modelo legal?. ESI  es más que un punteo de conceptos a ser  desarrollados de manera expositiva como información de contenido,  es una puerta de entrada en sí misma para habilitar la posibilidad de expandir sus contenidos y temáticas en relación a la salud sexual  y calidad de vida, promover  y reconocer otros derechos.  Ensayemos mover la ESI de su marco institucional, expandamos sus límites en las comunidades, pongamosla en práctica como motor cuestionador de nuestro orden social.

ESI: se aprende con el bolsillo:

La ley 26.150 garantiza además de  contenidos, el derecho a la formación tanto de lxs estudiantes como de lxs docentes. Aquí dos cuestiones: la formación durante la  formación  docente y la necesidad de capacitación continúa luego de los egresos y durante el ejercicio de profesión docente.

De manera poco estructurada en muchos profesorados  se han ido instalado espacios curriculares de  “Educación sexual Integral”  de 2 a 4 hs semanales que de a poco se fueron cubriendo con diversos criterios (otra de las problemáticas gira en torno a quién sí y quien no puede formar en ESI). Más allá de este espacio y sus debates internos (las incumbencias problema histórico en educación en general) quienes pueden tomar estas instancias deben haberse formado previamente en “la materia” y esto supone haber  realizado diplomados, especializaciones  y cursos con aranceles, muchas veces  altísimos para costear.

El Estado Nacional tiene la obligación de garantizar estas formaciones más allá de las elecciones particulares de formación que algunxs docentes  puedan y quieran realizar. Cursos online han sido el parche para estas capacitaciones que otorgan puntajes pero que, por un lado no generan un continuum  y segmentan las temáticas, y por el otro no suponen una formación en servicio, es decir, hay que darse el tiempo para poder acceder a estos primeros conocimientos aparte de las mil tareas docentes con las que cumplir (como ya sabemos no son solo “dar una clase”, la planificación, las reuniones, los materiales didácticos, la “creatividad” en aula, las 8 escuelas, las burocracias institucionales etc).

Mientras cursos y cursos en ESI de todas las especialidades se ofrecen en formatos web, mediante instagram, encuentros virtuales, en fundaciones y asociaciones civiles con aranceles variados,  el Estado sigue sin poder resolver la garantía de la formación continua y en servicio  manteniendo cursos y capacitaciones aisladas, equipos técnicos que coordinan con esfuerzos algunas escuelas, que no preparan  en los procesos sino más bien difunden e informan.

Sin presupuesto la ESI no puede ampliar horizontes ni garantizar derechos ¿cuánto dinero se destinó para educación sexual integral durante la pandemia y específicamente en situación de ASPO  2020/2021 (Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio)?. Materiales, capacitaciones continuas, consejerías en todas las escuelas, formación docente, actualización de recursos, acceso a wifi, etc etc. Siguen siendo terrenos de disputa para su real implementación. No es una obligación solo de lxs docentes/instituciones  que a voluntad deciden o no, poner en marcha una ESI en los centros de formación  a su gusto y posibilidad. Mucha obligación, poco derecho?.

ESI: Entre los contenidos curriculares y las necesidades territoriales:

Entendemos como docentes  que los  lineamientos curriculares apoyan nuestras actividades y contenidos a trabajar en las aulas y en todos los niveles, pero ¿alcanza con eso? ¿debemos priorizar temáticas sobre otras? Una mirada situada de las necesidades territoriales aporta a una ESI en movimiento que responda o se acerque a los abordajes que las poblaciones necesitan  abordar.

El Norte, sigue siendo El Norte, podemos debatir  un montón de cosas en las aulas pero ¿cómo hablamos de la libertad, de la identidad, de los no binarismos, de las expresiones de géneros ante poblaciones en las aulas  que, en su mayor porcentaje, son chicxs atravesadxs por las violencias familiares, los abusos sexuales y los embarazos no deseados  muchas veces acompañados por vínculos sexo-afectvos violentos o forzosos? Sabemos que no todo es lo mismo, que las aulas no son las mismas, ni las condiciones socio-económicas de las familias y estudiantes  que nos rodean con quienes compartimos  gran parte de nuestra vida. Sabemos entonces  que hay cosas que priorizar sin dejar de lado la riqueza de las temáticas, cada territorio jerarquiza en base a sus necesidades.

En una mirada norteña, desde Tucumán, tierra de torturas a niñas que obligaron a parir  (caso Lucia[2]), donde  la prisión es la lección para aquellas personas que  aborten – de la manera y por los motivos que sean- (caso Belén[3]), donde las redes de trata y explotación sexual son moneda corriente (sospecha de ser  caso de trata Daiana Garnica, histórico caso Marita Verón[4]), donde el abuso policial termina en torturas y travesticidios (caso Ayelen Gómez[5] entre tantos otros), donde existe la invisibilización  de la existencia,  explotación y abuso en comunidades indígenas (caso de denuncias de abuso sexual en centro de salud de Colalao del Valle[6])   y un sinfín de casos de aberrantes violaciones a los derechos humanos, sexuales reproductivos y no reproductivos que hacen más que evidente la necesidad de reivindicar y poner en acto la ESI desde una mirada situada y territorial.

Esto excede las formaciones esporádicas conceptuales sino que nos obliga a exigir al Estado  la  garantía de ESI  como derecho,  acompañada  y sostenida por  los derechos que la contienen  (tanto nacionales como internacionales)  destinados todos a la  protección de las personas para que la mejora de calidad de vida sea una realidad.

Según el informe bimestral del plan ENIA[7] en su monitoreo  septiembre- octubre 2020,  2305 docentes se inscribieron en  un curso virtual ESI/ENIA de los cuales sostuvieron 1810 y aprobó el 59% (1079) “obteniendo la certificación para poder replicar saberes en las escuelas”. ¿Alcanza  con un plan Nacional que forme mediante un curso virtual para la  réplica a 1079 docentes en todo el país? ¿Alcanza con 1666 escuelas en las que el plan está presente? ¿Bajo qué condiciones salariales trabajan éstos equipos de intervención?

De 370 asesores/as en salud sexual en 1076 escuelas ninguno en tiempos de ASPO pudo presentarse a las instalaciones, lo cual se tradujo en  654 dispositivos para la consulta virtual  y la reducción de articulación con espacios de salud pasó de  460 a 51 servicios de salud. Estos son algunos números a nivel nacional. ¿Es suficiente el presupuesto para el plan ENIA para  garantizar ESI? ¿Es  la educación sexual integral solo ENIA?.

En la provincia de Tucumán  funciona el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable (25.673)  con sanción en el año 2003 que continúa sin  adhesión de  la provincia, lo cual implica otro recorte de presupuesto para su funcionamiento.  Son casi 20 años de una deuda atroz  que obstaculiza el ejercicio de  derechos sexuales y la articulación con una batería enorme de otros derechos  relacionados a la salud sexual integral entre ellos, la educación sexual integral en las instituciones,   cuya adhesión se confunde con   una mención polémica y controversial en la ley provincial de educación.

Ésta en su capítulo 2, art. 9 sección 13 expresa  “Incorporar a la propuesta educativa institucional la educación sexual integral, articulando los aspectos biológicos,psicológicos, sociales, afectivos y  éticos. Cada comunidad educativa, en la elaboración de su proyecto institucional, adaptará las propuestas a su realidad sociocultural, respetando su ideario institucional y las convicciones de’ sus miembros, conforme a lo establecido en la Ley de Educación Sexual,Integral”[8] Un arma de doble filo ya que, mientras puede ser puntapié para  posibilitar en base a obligaciones docentes e institucionales el funcionamiento del Programa ESI, da libertades de interpretaciones institucionales peligrosas para la no adaptación o tergiversación de fundamentos científicos de los saberes en relación a la salud sexual integral a favor de una visión religiosa  moralizante. ¿Alcanza……?

De acuerdo a las estadísticas de Unicef, en Argentina hay 10 partos por hora de personas con capacidad de gestar, son  adolescentes entre 10 y 19 años. Formosa, Salta, Jujuy y Santiago del Estero lideran los índices de embarazos no deseados. Tucumán  se encuentra muy cerca de estos promedios. Entre los factores se entrelazan situaciones de vulnerabilidad de derechos, abusos, desconocimientos, falta de acceso y/o ausencia de métodos anticonceptivos, relaciones forzosas, creencias religiosas, imposibilidad de acceder al sistema de salud, etc, etc.

Por eso es imperiosa la articulación, adhesión y presupuesto  tanto  para los  programas ENIA y garantía de ESI, como para  Salud Sexual y Procreación Repsonsable. Una articulación que supere las instancias meramente formativas, que expanda sus límites hacia toda la comunidad y un Estado que sostenga económicamente los recursos y a lxs profesionales que ponen en marcha la promoción de los derechos. Pero  la casta política  se encarga de subvencionar religiones fundamentalistas anti-derechos,  hacer acuerdos políticos con éstos,  sostener en la curricula primaria como obligatorio el espacio “religión”, que en la secundaria se disfrazará de formación  ética en muchos casos dictada por sacerdotes y catequistas  en escuelas públicas y supuestamente  de corte laicas, haciendo la vista gorda a los derechos en salud sexual reproductiva y no reproductiva, ocupando las primeras filas de marchas y manifestaciones en contra del derecho al aborto de la mano de sectores que sostienen el movimiento “Con mis hijos no te metas”, que avanza cada día más en la obstaculización de los derechos de niñxs, niñxs y jóvenes adolescentes.  “Confundiendo”, por ejemplo, calidad de vida con mejoras de monasterios, girando plata para subvenciones de escuelas privadas con  una visión conservadora  y  castradora de los despliegues de las sexualidades, y vaciando de recursos a las escuelas y al sistema de salud para la calidad de vida que necesitan lxs tucumanxs en relación a la salud mental y la del cuerpo de manera integral.

Son 15 años de una herramienta fundamental para avanzar en materia de derechos sexuales  reproductivos, no reproductivos, identitarios, disidentes. Una herramienta para seguir cuestionando el orden moral, colonial y heteronormado de la sociedad que habitamos, para revisar nuestras prácticas socio-eróticas-afectivas, para ampliar el panorama en términos de salud mental y  poner en jaque visiones capacitistas y cuerdistas a la hora de leer las “capacidades” humanas, para cuestionar los estereotipos hegemónicos no sólo de los géneros sino también de los cuerpos y las morfologías, para modificar nuestras formas de vincularnos desde  posiciones no moralistas y violentas, para seguir peleando por una educación laica, científica y afectiva al servicio de todas las personas.  Apostando a la mejora de la calidad de vida, el derecho al disfrute y sobre todo a la construcción de una pedagogía para los afectos que también exponga la dimensión capitalista de la educación conservadora, peleando por la igualdad de oportunidades, denunciando las desigualdades estructurales socio económicas y de clase que también se interponen a la hora de  garantizar ESI (no nos olvidemos que para Vidal  crear escuelas es en vano pues “ los pobres no van”, que para Bussi en Tucumán no es necesaria ninguna formación para lxs jóvenes del interior pues “son vagos”- o sea, pobres-) Nos queda un desafío enorme todavía para ampliar horizontes y posibilidades.

Estos 15 años de camino es una invitación para pensar en una educación sexual integral con resonancias que apuesten a los saberes decoloniales, anti patriarcales, pero también anticapitalistas y para todas las comunidades.

Por una ESI garante de derechos y cuestionadora de las opresiones. Por un paradigma pedagógico para las libertades que faltan y la afectividad que transforma.

Fuente: ANRed



Comunidades indígenas de la Puna

empiezan a sufrir falta de agua por 

la fuerte sequía

Resumen Latinoamericano, 7 de septiembre de 2021.

En la Puna jujeña las comunidades indígenas empiezan a sufrir con más dureza la sequía en la región.

José Sajama, de la comunidad originaria de Abra Pampa, aseguró que empezaron a notar “que está empezando a escasear el agua y eso que todavía falta octubre y noviembre, que son bastante críticos” y que en algunos sitios están gestionando camiones para abastecer de agua a familias, como es el caso de las comunidades Rumi Cruz y Tinate.

Ahí tienen que caminar hasta 5 km para conseguir agua para tomar”, resaltó.

Por otro lado, se refirió al rol de los diferentes niveles del Estado ante esta problemática: “Hay varios organismos que tienen que atender esta situación, pero el Estado no ha sabido desarrollar una política pública que incorpore dentro de su agenda el tema de la sequía porque burocratiza todos estos proyectos y hace que se torne cada vez más imposible para comprar equipamiento o extensión, en algunos casos, de canalización de agua”.



Reparación integral: un derecho de 

las víctimas de trata de personas

Por Stella Maris Martínez, Resumen Latinoamericano, 7 de septiembre de 2021.  

La trata de personas ha sido reconocida como una de las violaciones de derechos humanos más graves, en especial de mujeres y niñas y de las personas de los grupos más vulnerables. Sin embargo, hay cierta conducta de naturalización, de tolerancia, de comprensión, sino de complicidad, por parte de políticos y operadores judiciales. Hay un número observable de condenas –que, por lo general, recaen sobre los eslabones más bajos de la cadena de responsables pero, en la realidad, no hay una mirada centrada prevalecientemente en las víctimas y sus derechos.

Por tal motivo, en el año 2014, en el ámbito de la Defensoría General de la Nación, fue creado el Programa de Asesoramiento y Patrocinio para las Víctimas del Delito de Trata de Personas para intervenir en la defensa y la promoción de los derechos de las víctimas del delito de trata de personas y de explotación, su acceso a la justicia y su asistencia jurídica integral. Proporciona asesoramiento y patrocinio jurídico y es pionero en patrocinar las primeras querellas y acciones civiles en la materia. Despliega litigio de impacto con el fin de modificar las respuestas judiciales; genera articulaciones con organizaciones gubernamentales y de la sociedad civil y realiza actividades de capacitación y difusión en diversos ámbitos.

Me gratifica presentar esta publicación, que está enmarcada en el acuerdo suscripto entre el Ministerio Público de la Defensa y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, que proporcionó apoyo al proyecto “Mejorando la administración de justicia en casos de trata de personas para explotación sexual”, el cual fuera desarrollado por el Programa de referencia. El proyecto constituye una experiencia novedosa, ya que han intercambiado sus experiencias y perspectivas personas que se desempeñan como jueces y juezas, junto con fiscales y quienes asumen la tarea de la defensa pública oficial.

Este proyecto ha llevado a cabo una serie de actividades de investigación, capacitación y publicaciones destinadas a brindar a las y los operadores de justicia herramientas para avanzar en el acceso y reparación efectiva de las víctimas de trata de personas desde un enfoque de género y derechos humanos.

El derecho a la reparación, en un sentido general, ha tenido un extenso reconocimiento en los tratados e instrumentos internacionales de derechos humanos. De igual modo, se destacan adelantos teóricos y en la jurisprudencia, especialmente en el nivel internacional y el sistema interamericano. Los Estados tienen que cumplir obligaciones para asegurar el acceso de las víctimas a la reparación efectiva.

A fines de exponer los contenidos del derecho humano a la reparación, la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó, en 2005, los Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y de violaciones graves del derecho internacional humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones. A tal efecto afirmó que una reparación plena y efectiva, adquiere las siguientes formas: restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición.

La restitución comprende, según corresponda, el restablecimiento de la libertad, el disfrute de los derechos humanos, la identidad, la vida familiar y la ciudadanía, el regreso a su lugar de residencia, la reintegración en su empleo y la devolución de sus bienes. Generalmente ha sido definida como la obligación de devolver a la víctima a la situación anterior a la violación manifiesta de sus derechos humanos. Esto resulta sumamente difícil en relación con las víctimas de trata de personas, especialmente con fines de explotación sexual y, por lo general, adquieren mayor atención otros componentes del derecho a la reparación.

En particular, se destaca la indemnización, que debe comprender todos los perjuicios sufridos por las víctimas. Entre ellos, el daño físico o psicológico, y el tratamiento que requieran como consecuencia; la pérdida de oportunidades, en particular las de empleo, educación y prestaciones sociales, así como de progreso y desarrollo personal; los daños materiales; la pérdida de ingresos, incluido el lucro cesante; el daño moral; los gastos de asistencia jurídica o de otra índole, tales como medicamentos y servicios médicos y servicios psicológicos y sociales, los gastos del cuidado de sus familiares, entre otros.

La rehabilitación o recuperación debe incluir la atención médica y psicológica, así como servicios jurídicos y sociales. Es necesario que contemple un período de reflexión durante el cual se brinde asistencia a las víctimas para su recuperación mediante alojamiento adecuado, asistencia médica, oportunidades de educación, capacitación y empleo, e inserción profesional o laboral, teniendo en cuenta las especificidades de las víctimas, sus edades, experiencias, vivencias y culturas, así como su situación familiar.

También son indicadas, según el caso, dentro del derecho a la reparación integral, las garantías de satisfacción y de no repetición que pueden incluir diversas medidas, prestando especial atención a que no se revelen datos que puedan exponer o revictimizar a las víctimas. Estas medidas incluyen desde la aplicación de sanciones judiciales o administrativas a los responsables de las violaciones a los derechos de las víctimas hasta la incorporación de la temática en el ámbito de la enseñanza de las normas internacionales de derechos humanos y del derecho internacional humanitario, así como en el material didáctico a todos los niveles.

Las garantías de no repetición alcanzan programas de formación y de capacitación de los sectores en contacto con las vulneraciones de derechos de las víctimas de trata y la observancia y efectivo control de funcionarios públicos y fuerzas de seguridad, con la finalidad de evitar la connivencia, tolerancia o aquiescencia del Estado en todos sus niveles.

Si bien estos avances del derecho internacional han sido ampliamente difundidos, las medidas de reparación efectiva para las víctimas de trata de personas resultan sumamente limitadas y largamente inaccesibles. Ello, pese a que nuestro marco normativo nacional también reconoce el derecho a la reparación en la legislación específica en la materia, ley 26.364 y su modificatoria ley 26.842.

Hasta el momento, las víctimas no logran hacer escuchar sus voces en los tribunales y constituirse en parte querellante y, menos aún, actora civil, y acceder a una reparación efectiva; salvo una excepción, en la cual una víctima, patrocinada por el Programa de Asesoramiento y Patrocinio para las Víctimas del Delito de Trata de Personas, obtuvo una sentencia favorable en la Cámara Federal de Casación Penal, la cual aún no se encuentra firme. Ello demuestra ostensiblemente los obstáculos que las víctimas deben sortear para acceder a sus derechos más básicos, entre ellos el acceso a la justicia.

Por estas razones, esta compilación ha sido concebida para prestar aportes conceptuales, así como la puesta en ejercicio de estos conceptos teóricos, entre los que se destaca el desarrollo del “derecho reforzado a la reparación de las víctimas de trata de personas” como correlato sustantivo de la obligación estricta de debida diligencia para reparar, aplicado tanto en el litigio como a través de un “amicus curiae” y su recepción por parte de la jurisprudencia nacional. Incluye el análisis del caso en el cual la víctima se constituyó en querellante y actora civil, haciendo foco en la responsabilidad estatal en la trata de personas. Se explica la relevancia del recupero de activos como instrumento específico con fines a la reparación. Se ofrece una síntesis tanto del marco del derecho internacional en la materia, así como del derecho comparado.

Fuente: Diario femenino – Stella Maris Martínez es  Defensora General de la Nación



Explotación laboral: rescataron a 

doce trabajadores de un campo de 

Entre Ríos

 Resumen Latinoamericano, 7 de septiembre de 2021. 

El primero de septiembre, doce trabajadores rurales fueron rescatados de una finca ubicada en Concordia, Entre Ríos, donde eran víctimas de explotación laboral. Los empleados, a quienes le habían quitado sus documentos de identidad, vivían en cuatro carpas precarias, en un lugar donde no había baño, energía eléctrica, agua potable o suministros de primeros auxilios.

El portal de noticias del Ministerio Público Fiscal informó que el hombre que se desempeñaba como capataz de la finca, llamada “La Negrita”, fue detenido. “Los procedimientos fueron ordenados por el Juzgado Federal N° 1 de Concepción del Uruguay y en la causa interviene la Fiscalía de Primera Instancia de esa ciudad, a cargo de Josefina Minatta”, añadieron.

Imágenes: Fiscalía Federal de Concepción del Uruguay.
Crédito: Fiscalía de Concepción del Uruguay

El trabajador que radicó la denuncia, cuya investigación comenzó el 31 de agosto, aseguró que “el pago acordado con el capataz era de $200 la hora o $65 por poste por trabajos como raleo, desmonte, pelado de eucalipto y traslado de maderas”. 

Sin embargo, nunca se les pagó lo acordado, además de que les advirtieron que les descontarían de su sueldo la mercadería consumida en el lugar. El hombre también detalló que trabajaban de “sol a sol”, y que el capataz, que portaba armas de fuego, los amenazaba con despedirlos si se tomaban algún descanso.

Según el último informe anual elaborado por la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex), la línea 145, habilitada para solicitar asistencia y denunciar casos de trata de personas, registró 250 acusaciones de casos de explotación laboral en el año 2020. De este total, casi el 50% corresponden al ámbito rural. 

“Advertimos que se mantiene como la modalidad más frecuentemente denunciada dentro de los casos de explotación laboral, la rural (que aumentó en cantidad respecto del año 2019)”, señala el escrito.

Fuente: Nota del periodismo popular


En Miraflores, Chaco, un grupo de 

choque apoyado por comerciantes 

y empresarios, atacó a una dirigenta 

indígena, la golpeó y finalmente la 

policía la detuvo /Los «criollos» quieren 

quedarse con las tierras de las y los

originarios

Resumen Latinoamericano, 7 de septiembre de 2021.

Este martes en horas de la siesta se desató un feroz enfrentamiento entre comunidades originarias y criollas frente a la comisaría de Miraflores, en el marco de la detención de una mujer aborigen a la que la policía acusó falsamente de haber golpeado a una «criolla», cuando en realidad lo que ocurrió es totalmente al revés. La dirigenta indígena Qom Silvia Sánchez se encontraba con otras vecinas en las inmediaciones del Juzgado de Paz de Miraflores, ‘cuando llegó allí, otra mujer llamada Liliana Fernández, quien al verla la empezó a insultar golpear en la cara y a arañarla, hasta que intervino la policía y como siempre ocurre en estos casos, la detenida fue la víctima del atropello, mientras que la victimaria, se fue por donde vino sin que le digan nada.

Liliana Fernández, la agresora, es una de las referentas -según los indígenas del lugar- de un grupo de corte paramilitar al que se lo conoce como «Fuerza Criolla», que ataca permanentemente a los Qom, con el objetivo de quitarles las tierras que les fueron concedidas por el Gobierno cuando dichas comunidades fueron traídas desde la localidad de Juan José Castelli con la promesa de entregarles diez mil hectáreas para que se instalen las numerosas familias de esa etnia y puedan trabajar y vivir. Sin embargo, esto nunca pudo concretarse ya que los «blancos o criollos» de la zona usurparon esas tierras con anuencia del gobierno local, de la policía y la ausencia total del gobierno provincial que se hace llamar «nacional y popular».

El episodio ocurrido este martes terminó en nuevas agresiones de los «criollos», que se mueven en coches de alta gama y en motos, contra los indígenas, lo que culminó en una verdadera batalla campal donde los protagonistas  se arrojaban todo tipo de proyectiles, disparos con gomeras y palos,  ocasionando roturas de vidrios de la comisaría, e incluso un principio de incendio en un sector del edificio policial.

Mientras los indígenas exigían que se libere a su compañera injustamente detenida, los energúmenos de la Fuerza Criolla hicieron varios disparos y esto produjo corridas y gritos de terror de los más pequeños de la etnia Qom que se encontraban con sus familias.

Cuando la policía de  Miraflores detuvo a Silvia Sánchez, esto generó la reacción de numerosas familias de la comunidad aborigen que inmediatamente, ya en horas de la siesta,  acudieron a la comisaría para pedir la liberación. Pero a los pocos minutos,  arribaron numerosos manifestantes de la organización Fuerza Criolla quienes acusaron públicamente que los originarios intentaron incendiar la comisaría, algo totalmente desmentido por testigos que se hallaban en la zona., En ese momento se desató el feroz enfrentamiento frente al edificio policial que fue registrado en filmaciones  por vecinos del lugar y automovilistas que ingresaban a la localidad.

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Así quedó el edificio de la Comisaría de Miraflores luego de la agresíón sufrida por los indígenas
por parte de los llamados «criollos»
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Resumen Latinoamericano se comunicó con una vocera de la Comunidad Qom quien manifestó que ellos solamente pedían una explicación respecto a las razones de la detención de la mujer y acusaron a Fuerza Criolla de haber incendiado una bandera Qom que estaba emplazada frente al edificio policial. Además, aseguraron que un abuelo de su comunidad  fue herido por un proyectil durante el enfrentamiento.

«La Fuerza Criolla es un grupo de choque que está manejado por Liliana Fernández y ellos quieren adueñarse de nuestras tierras. Venimos hace más de seis años luchando por nuestro territorio, aquí nacieron nuestros abuelos y nuestros ancestros. A nosotros nos sacaron de la localidad de Castelli, con la promesa de que nos darían hectáreas para trabajarlas y vivir y todo quedó en nada», dijo la vocera, una humilde mujer que no duda en confirmar como los discriminan por ser pueblo originario.  

Según esta misma vocera: la Fuerza Criolla está apoyada económicamente por empresarios ricos de la zona y comerciantes que odian a los indígenas. Ellos les pagan a otros pobres como nosotros para que nos agredan. También están apoyados por el gobierno local de Miraflores que encabeza el intendente radical en Juntos por el Cambio, Jorge Frank, y la policía. El gobierno provincial hasta ahora no hace nada, lleva años sin resolver el problema. es un gobierno ausente, no quieren a las comunidades indígenas. Somos maltratados todo el tiempo, nos pegan, nos discriminan. Hubo una chica tiempo atrás a la que asesinaron y también a hirieron a un poblador», afirma.

La vocera Qom, confiesa que todas «estamos sufriendo por esta violencia. Tenemos temor por nuestros hijos que van a la escuela. Incluso sabemos que hay algunos profesores que ven bien lo que esta banda , hace contra nosotros.  No sabemos qué hacer, la comisaría no nos toma la denuncia y ademas si protestamos nos detienen, como pasó con nuestra dirigenta Silvia Sánchez, mientras la agresora está libre. Ella está ocupando las tierras originarias, está siempre en contra de la comunidad originaria, nos odia por ser pobres»

Las mujeres originarias de la comunidad viven de vender malamente algunas artesanías, y este martes muchas de ellas se movilizaron para defender a su compañera, sin embargo no ocultaron que tienen mucho miedo ya que los «criollos» los amenazaron con matarlos «esta noche y arrejaremos sus cadáveres para que se las coman los cuervos».

Parece un relato de hace 200 años atrás, pero es la realidad que vive esta y otras comunidades originarias,en sitios donde los terratenientes, los ricos empresarios y las poderes fácticos de cada lugar, no solo quieren despojar a los pobres de lo poco que tienen sino que tambien los golpean y en muchas ocasiones los matan. ¿Y los gobiernos? Bien gracias.

Darío Rojas  junto a Fuerza Criolla
foto de archivo de una asamblea de Fuerza Criolla
Imagen Noticia
Envio:RL

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